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00:00:02Inicio del Pleno
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00:00:03Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Vamos a dar comienzo al pleno extraordinario y empezamos con el minuto de silencio.
- A).- Parte resolutiva
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00:01:301.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTA SESION ANTERIOR (PLN/2022/2).
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00:01:31Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Bien, pues como decía, vamos a dar comienzo. Y el motivo del pleno extraordinario es a los efectos de la tramitación del expediente que se indica en el orden del día de la sesión y cumplir los plazos transitorios establecido por el Real Decreto Ley 28/2021 de 8 de noviembre sobre adaptación de la... texto refundido de la Ley de Haciendas Locales en la doctrina del Tribunal Constitucional. Pasamos al primer día, al primer orden, al primer punto del orden del día. Aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior, pleno 2022/2. Emm pasamos ¿hay una matización? ¿Partido Popular? (No. Nada). ¿Adelante Níjar? (Nada). ¿Vox? Pues sometemos el punto a votación. ¿Votos a favor del acta?
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00:02:32Pablo Reina (Secretario)
Unanimidad de los 20 concejales presentes.
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00:02:352.- PROPOSICIÓN DE ALCALDÍA SOBRE APROBACIÓN PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. EXPEDIENTE GESTIONA 2729/2022.
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00:02:36Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Y pasamos al segundo punto que hay que ratificar la inclusión en el orden del día. Pasamos a la votación para su inclusión en el orden del día. ¿Votos a favor de la inclusión?
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00:02:49Pablo Reina (Secretario)
Unanimidad.
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00:02:51Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Y pasamos ya directamente al punto. Proposición de Alcaldía sobre la aprobación provisional de la modificación de ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Expediente 2729/2022. ¿Por Secretaría?
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00:03:08Pablo Reina (Secretario)
Bien se trata una proposición de Alcaldía. El expediente ha estado a disposición de todos los concejales de todos los miembros corporativos a través de la plataforma electrónica de expedientes Gestiona. La parte dispositiva de la propuesta de acuerdo, dice literalmente como sigue y si hay que hacer alguna aclaración más o darse lectura a alguna parte más del expediente, así se hará. Primero, acordar la modificación del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana para adaptar su contenido al nuevo régimen jurídico del impuesto previsto en el artículo 107.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y, consecuentemente, con lo anterior aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, según detalle previsto en el anexo a la presente propuesta de acuerdo. Segundo, someter el acuerdo a aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal a exposición pública por un plazo de 30 días en los términos que resulte legalmente oportuno, dentro de los cuales, los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen convenientes. En caso de que no se presente reclamación alguna, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
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00:04:11Esperanza Pérez Felices (PSOE)
¿Intervenciones? ¿Partido Popular? (No) ¿Adelante Níjar? ¿Adelante Níjar? (No, nada) ¿Vox?
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00:04:23José Jerez Fernández (VOX)
Sí. Bueno, en primer lugar, vamos a analizar lo que es el la ordenanza en si, la que se presenta hoy para su aprobación, en la cual pues, como bien dice el enunciado, pues una ordenación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Este impuesto para que lo sepan las personas que estamos aquí y los que están viéndonos, en directo o en diferido, es un impuesto optativo, no es obligatorio. Como es de suponer, pues ustedes socialistas, pues lo establecerán como obligatorio, puesto que se va a aprobar en este pleno. Pero que lo sepan, que lo sepan los ciudadanos, que es un impuesto que es optativo, se podía prescindir perfectamente de él. En el artículo 2, el hecho imponible hay uno de las, de los hechos donde eso nos parece algo absurdo, no absurdo, sino indigno, que además de por el hecho de la compraventa, pues sería una cosa normal, pero por el hecho de la herencia no lo vemos, no lo vemos ni siquiera moral. Se está suponiendo que hay un incremento de valor y que ese incremento de valor pues lo están pagando los herederos como si fuera un negocio que han hecho. En fin, es que, es que tratar este tema de esa manera, aparte de ser una, una trampa para los contribuyentes, la cual sí o sí van a pagar, es una cosa totalmente indigna y amoral, bajo nuestro punto de vista. Eh, hay una serie de puntos que se establecen con respecto a los bancos, bueno, los divorcios no se paga, entre los bancos, transmisiones entre los bancos no se paga. Y luego tenemos el punto cinco, seis, siete, ocho y nueve, donde creemos que el enunciado no está bien escrito porque se está hablando en el punto 4 que no se devengará, impuesto tal tal y, y entonces en el punto 5, dejan de decir no se devengará y ya empieza diciendo las transmisiones de terreno estatal... creemos que falta, hay una mala redacción. No sé el señor secretario si lo puede usted comprobar porque creo que el apunto cinco seis y siete, ocho y nueve. No, el diez, el once y el doce, o sea, todos esos puntos, el, el , vamos, las primeras palabras tiene que ser que no se devengará en las transmisiones de terrenos de naturaleza urbana derivadas de [ininteligible], no se deven... en incrementos que pongan de manifiesto, en fin. Los [ininteligible] adjudicación de bienes de inmuebles en contratos de promesa de venta, en declaraciones de obra nueva. Se supone que es que no se devengará. Digo yo. Esto creo que, que habría que que comprobarlo ¿eh? Sería desde el punto 5 al punto 12, porque ya en el punto 13 ya sí se dice. Dice, no se producirá la sujeción al impuesto. Pablo, ¿cómo lo ves? ¿Verdad, verdad que sí? Hemos visto eso y creo que es importante. Bueno, en principio, en el punto 13 se dice quien, es lo gracioso, dice, no se producirá sujeción al impuesto en las transmisiones de terrenos de respecto de los cuales se constate la inexistencia de incremento de valor por diferencia entre los valores de dichos terrenos en las fechas de transmisión y adquisición. Bueno, es una, una pequeña trampa que se utiliza después y ya lo veremos. Bueno, también hay otro, otra cuestión, que es que en cuanto en cuanto se hace una compra venta y ese, ese valor no le guste a la Agencia Tributaria la, la, la, la conocida como declaraciones complementarias que demandan ¿no? Pues entonces se le da siempre la razón a la Agencia Tributaria. O sea si se ha vendido la casa o el terreno o lo que sea en X dinero pues tu palabra no sirve, la palabra del vendedor y el comprador no sirven y servirá solamente la que establezca la Agencia Tributaria y a raíz de esa, de esa de esa comprobación que haya hecho la Agencia Tributaria te van a cobrar la plusvalía. Lo que hemos dicho, la adquisición o transmisión, si hubiera sido a título lucrativo, lucrativo es que no se gana nada, pues nosotros pensamos que eso no es ningún negocio y que no se deberían exigir ni siquiera estar sujeto a ese impuesto. Cuando habla de las exenciones que uno dice joder mira, por lo menos aquí a lo mejor el ciudadano tiene derecho a esas exenciones por... Tiene derecho a esas exenciones ¿no? Pues bueno, pues tienen trampa, tienen trampa, por ejemplo, en las transmisiones de bienes de interés cultural o bienes que estén dentro de un perímetro del Conjunto Histórico Artístico (no están por la labor) ¿Perdón? ¿Has visto eso Pablo? Ah vale, vale. Bueno ¿sigo?,
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00:09:31Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Vamos a ver, una aclaración, una aclaración. La aclaraciones que no interfieran en el, en el, la exposición natural de del pleno no se pueden hacer las que interrumpen. Pero las aclaraciones entre compañeros se pueden producir. No, no. Vamos a haber visualmente nosotros no se interrumpe a nadie. Visualmente no. Visualmente no, (Es auditivamente. Aquí no venimos a vernos) Bueno, bueno, nadie le ha interrumpido en su intervención. Puede usted intervenir ahora. Las manifestaciones, gestos o demás no interrumpen el pleno ¿vale? Las interrupciones es cuando se coge el micrófono y se interrumpe. Usted si está sordo yo no tengo problema. (Bueno, vale. Venga.) Yo lo único que le estoy diciendo es que interrupción es interrupción, no ¿una falta de qué? (Una falta de respeto). Vamos a ver, ¿eres tú un ejemplo de respeto? ¿Eres tú precisamente un ejemplo de respeto? Pues yo creo que no. Yo creo que yo creo que lo del respeto es muy subjetivo y creo que tiene un valor muy subjetivo de lo que es el respeto, de verdad, porque es que ver el respeto cuando uno lo cuando uno lo padece o cuando uno lo siente, es muy distinto al respeto real. Son conceptos en la vida que uno tiene que tener claro, no los suyos, no lo subjetivo. Así que yo le digo que en este pleno interrupción quiere decir interrupción. Entre compañeros gestos o conversaciones que no interrumpan el curso normal del pleno no son interrupciones. ¿Qué me estás tú? Mire usted, mire. Bueno, primera advertencia. Puede continuar con el pleno.
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00:11:17José Jerez Fernández (VOX)
Bueno, venga ¿Puedo continuar? Pues entonces sobre esa las exenciones estábamos hablando de las transmisiones de bienes cuando se realizan con bienes de que están dentro del conjunto histórico artístico o son bienes declarados de interés cultural. Ustedes dicen que no, que eso no... que está exento, que está exento si, si resulta que el importe de las obras de conservación o rehabilitación en los últimos 5 años sea superior al porcentaje establecido en el apartado B que es al 50% del valor catastral, porque aquí está ir mirando la, la, la ordenanza y ir mirando el anexo porque es que es que es cuando te la pegan, cuando miras el anexo. Entonces resulta fue un señor que tiene, yo que sé, lo que sea que quiere vender. Si no se ha gastado la mitad de lo que vale, no está exento. Pues ¿me estás contando? ¿Yo no puedo comprar una cosa y venderla? No, no tiene usted que gastarse el 50% de lo que vale. En fin, es una trampa bastante, vamos, clarísima. Luego estamos en la, la habla de la dación en pago, los embargos no paran, no pagan, pero también hay una trampa, hay una trama. Te embarga el banco tu casa y resulta que dices: "joder, bueno, pues por lo menos no me caerá el mazazo de la plusvalía del Ayuntamiento", ya que si me embarga Hacienda no me va a cobrar, pero la plusvalía si me la van a cobrar. Porque si resulta que tengo algún bien o tengo dinero o tengo algún bien que supere esa deuda de ese embargo, entonces si me pa... si me cobran. O sea que tienes que estar en la puñetera ruina para que no te cobren. Yo no lo entiendo, si te embargan, te han embargado, bastante desgracia hay, es que tienes que ser pobre de solemnidad ¿no? Si no eres pobre de solemnidad y vas a Cáritas a pedir a pedir ropa no eres suficientemente pobre. En fin, yo lo veo pues una trampa bastante grande que ustedes pues la... Pero bueno, después tenemos aquí, en la página número 6 quienes no pagan, fíjate tú quienes no pagan, o sea, pagamos todos menos el estado, el municipio, las instituciones benéficas, las interioridades gestoras de la Seguridad Social y mutualidades de previsión social, los titulares de concesiones administrativas, lo... la Cruz Roja Española, las personas o entidades que hayan reconocido exención en tratados y convenios interno... internacionales. O sea que no, no, no pagamos todos, no. Pagamos los de siempre. Luego viene la artículo 7 que es el, lo, cuando habla de los sujetos pasivos, pues eso, los sujetos pasivos somos los de siempre, la gente que trabajamos. Bueno, uno sigue leyendo y en el punto, el punto número 2 del artículo 4 pues resulta que tienes que tener mucho ojito, o sea, tienes que ser no gestor, tienes que ser asesor fiscal. Porque si tú le vendes un bien una propiedad a un extranjero, el sujeto pasivo es él. Pero si no paga, eres tú. Ostia. O sea, que, es que, es que es si esto si a esto se llama mirar por los ciudadanos mirar por los españoles, que venga Dios y lo vea. Esto es así desde hace mucho tiempo, o sea, no, no hay una novedad, esto ya lo sabía yo, pero sólo lo sé yo, pero no lo sabe la mayoría de los mortales. Bueno, la base imponible, pues bueno, pues resulta que si yo vendo por debajo del valor catastral por necesidad, pues no, no vale, es el valor catastral. Que el valor catastral, además después hay que multiplicarlo por un coeficiente que se aplica, normalmente, en las notarías es el uno, uno coma veintipico y eso es lo que tienes que poner, y si no, pues te va a llegar a una complementaría y te van a cobrar, no lo que hayas puesto, sino sobre el valor catastral. Si los valores catastrales no se modifican, pues cada año, porque no se hace nunca, se hace cuando se hace, pos resulta que no está según el mercado, no está no, estos valores que se aplican no, no son valores de mercado, son valores ficticios que son mentira. A lo mejor te convienen o no te convienen. Normalmente duele cuando no te convienen ¿no? Bien. Luego está el coeficiente, la base imponible, hay unos coeficientes reductores y dice lo siguiente, dice que los ayuntamientos podrán establecer, porque es lo gracioso, es que es que cuando te la, te la lees te da la sensación de, ostia mira se van a portar hasta bien con nosotros, pero no, no, no, no, no es así, los ayuntamientos podrán establecer, en la ordenanza fiscal, un coeficiente reductor sobre el valor señalado en los párrafos anteriores que pondere su grado de actualización con el máximo de un 15%. Bueno, dice ostias pues mira un 15% pues algo es algo. Este Ayuntamiento establece en el apartado C anexo, el coeficiente reductor sobre el valor señalado en los apartados, en los párrafos anteriores, que es que lo miras y tiras al final un 5%, si es que no son ustedes ni, ni, ni, ni buenos con nuestros ciudadanos de Níjar. Si se puede hacer un 15%, hágalo. No, le van a aplicar un 5% porque así ganan ustedes un 10% más. Bueno, pues ya está, eso es lo que hay. Con respecto al usufructo, pues se paga, el uso de habitación, pues también, la nuda propiedad, pues ni te cuento. Y... ah bueno, a esta otra cosa, cuando tiene la nuda propiedad y resulta... es un tema que controlo pues me gusta también que, que ustedes lo sepan. Cuando una propiedades es de varias personas por resulta y se y se vende y se vende ¿eh? Pues se va a aplicar a varias personas, no todos son de la misma edad, habrá uno de 50 y habrá otro de 18 y a lo mejor hay uno de 80, pues se aplicará según la edad del más joven de los usufructuarios instituidos, o sea, que nosotros siempre. Esto es la banca, señores, esto es la banca y la banca siempre gana y más, y si puede más, más. Y aquí es eso, no se hace una media, no, no, que sería lo justo. No, no, no, no, la edad del más joven. Si resulta que ha heredado un sobrino mío, pues es eso, por ejemplo, ¿no? Bueno, bueno y después vienen los supuestos de expropiación forzosa, que con esto tenemos experiencia. Pues resulta que las expropiaciones, las expropiaciones forzosas, pues dices, pues bueno mira si se ha llegado a un acuerdo se expropia y te, y te, y te dan un, un dinero pues vale ¿no? Pues pagan también plusvalía, bien, ¿de qué? ¿del valor de la expropiación? ¿del justiprecio, que se ha establecido la parte la expropiación forzosa? ¿o del la referencia del, del valor catastral? No, no, del mayor de esos valores, o sea, que si resulta que el ayuntamiento le ha pagado unos señores una miseria, pues encima esos señores van a tener que pagar, de plusvalía, con respecto al valor catastral, no a la miseria que le han pagado. ¿Eso le parece a usted justo? A mí no me lo parece. Seguimos, ya le digo, esto es, es, te lees te lees la, la ordenanza y dice esto es esto es un máster en trilería. Es cómo hacemos para engañar al ciudadano llevándonos todo lo que podamos y que parezca que no le vamos a robar. Y esto es un atraco a mano armada. Bueno la reducción, también aquí de habla las reducciones de sobre la nueva propiedad dice que tendrá un, un porcentaje máximo del 60%, se puede aplicar hasta un 95, pero no, ustedes el 60. Bueno, otra cosa, el cómputo del número de años se transcurridos se tomará a años completos ¿por qué? O sea, si yo lo vendo en enero, pago enero. No, no, no pago enero es que pago todo ese año ¿por qué? ¿por qué no se puede ser justo? La justicia es la justicia. Lo justo es que si, si, si lo vendo en enero, pues pago el año anterior, todos los años anteriores y hasta enero, pero no el año entero. Pues aquí lo pone, la página número 10, ala, toma castaña. Bien, otra tamper, las bonificaciones. Las bonificaciones tie... tie... tiene una risa... que te mueres. El artículo número 7, se pasan ustedes escribiendo una página entera, para decirnos, primero nos dicen: "uy en las haciendas locales las ordenanzas fiscales podrán regular una bonificación hasta un 95%", y uno se pone contento, dice: "coño, mira hasta un 95% en caso de, de, de, de, de herencia por, por fallecimiento". Qué bueno que que, que, que no es no es una cosa onerosa, no está ganando dinero, es una desgracia, y lo que estaba pagando tu padre pues ahora vas a estar pagando tú. En fin, tampoco ha cambiado de manos. No, no, no, no, llegas a la página 13 y te dice: "Los porcentajes aplicables a esta zona en bonificación serán los establecidos en el apartado G anexo". Ostia, vamos a ver qué es esto. Te llevas ahí, te dice: ninguna. O sea, después de tirarte una, una página entera hablando de las bonificaciones porque se muere tu padre, resulta que ninguna. Y podría ser hasta el 95%. Pero no, ustedes ninguna. Mire es que, si es que sigue uno hablando y se pone, y se pone atacao. Bueno, sobre las infracciones y sanciones, lo del sujeto pasivo ya hemos dicho, no hay bonificación por actos de causa de muerte, ya lo hemos dicho también. Además, tienes seis meses para, para presentar la liquidación. Y luego otra cosa, importante, hasta el momento el notario, cuando llegabas a hacer una venta, el notario te decía, te lo decía allí, mire, nosotros vamos a mandar esto telemáticamente a la Agencia, no a la Agencia Tributaria, que también, lo vamos a llevar a mandar a la a la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento y el Ayuntamiento pos les pedirá la carta de pago de la plusvalía. Ah, pues mira, pues estupendo. De todas maneras te lo dice así el notario, de todas formas, tiene usted 30 días, no se vaya usted a despistar, si no recibe usted nada. No, no, no aquí ya hace ustedes directamente lo quitan. Ni se esfuerzan siquiera. Autoliquidación. El que no venga, Santa Rita, Rita que le voy a meter un paquete. Oye, por favor, ustedes se enteran de esas personas muchas veces son personas mayores que han vendido. Ustedes saben que muchos de ellos cogen las escrituras ¿eh? Y la han cogido de la notaría y la ponen encima del armario. Oye, que les cuesta mandarle una, un requerimiento diciéndoles: "Oye, que sepan ustedes que tienen ustedes la obligación..." ¿qué les cuesta? No les cuesta absolutamente nada. Pero no, eso se quitan esa responsabilidad y le dicen, pues bueno el que no venga, le vamos a meter un paquete que se va a enterar. Luego tenemos lo del coeficiente reductor ponderado del grado de actualización. Podría ser un 15%, pero ustedes van a hacer un 5%. O sea, si es que vamos de mal en peor. No lo entiendo. Esta parte solamente la vamos a dedicar, como ha visto, a hablar de la... ya, ya, ya lo hemos terminado la ordenanza entera. Luego vamos a hablar de nuestras propuestas. Por el momento, esta ordenanza es una trampa a los ciudadanos y encima ustedes no se han esforzado ni chispa por hacer de esta crisis que tenemos encima algo un poco más llevadero para los ciudadanos. Muchas gracias.
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00:23:42Esperanza Pérez Felices (PSOE)
¿Alguna intervención más?
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00:23:44Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Sí. Mire, vamos a ver, eh… La modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, es una obligación que aparece contemplada en la disposición transitoria única, del Real Decreto Ley 26/2021 de 8 de noviembre, por el que se adapta el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La nueva regulación es consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional 59/2017 de fecha 11 de mayo de 2017, que declaró inconstitucional y nulo los artículos 107.1, 107.2 apartado A y 110.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. De la Sentencia 126/2019 de fecha 31 de octubre de 2019, que declaró también inconstitucional el artículo 107.4 del citado texto refundido y, finalmente, de la reciente Sentencia 182/2021 de fecha 26 de octubre de 2021 ha venido a declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2, apartado A, y 107.4 del, del mencionado texto refundido, dejando un vacío normativo sobre la determinación de la base imponible que impide la liquidación, comprobación, recaudación y revisión de este tributo local y, por tanto, su exigibilidad. Uno de lo aspe…de los aspectos esenciales de la nueva regulación, es la de dar cumplimiento al mandato del Tribunal Constitucional, contenido en su, en su Sentencia 159/2017 de no someter a tributación las situaciones de inexistencia del incremento de valor de los terrenos. Una de las cosas que ustedes estaban diciendo que ya estaba mintiendo aquí, cuando no hay incremento de valor de los terrenos, no se somete a tributación la, este, este impuesto. Introduciéndose un nuevo supuesto de no sujeción para los casos en los que se constate que no se ha producido un incremento de valor. En este sentido, además, debemos señalar, que parece que no lo conoce, que el ayuntamiento de Níjar ya estaba estimando la solicitudes formuladas por los particulares, en las que se acreditaba, que no se había producido un incremento del valor del inmueble en el momento de su transmisión, aceptando como valor probatorio el contenido de las escrituras. Frente a la postura adoptada por otros ayuntamientos en los que, además del, del importe contemplado en la escritura, se solicita a, algún método de comprobación complementario, como puede ser una valoración suscrita por un técnico competente. En la actualidad, se están resolviendo los múltiples recursos que han sido presentados, existiendo en el área municipal de recaudación, una persona destinada exclusivamente a esta labor, habiéndose suspendido de oficio el periodo de recaudaciones en ejecutivas de las liquidaciones que se encuentran recurridas hasta la resolución de los recursos interpuestos. Esto habría sido conveniente que lo hubiese preguntado usted antes de empezar con su, con su exposición. Con respeto a la ordenanza fiscal, o sea, la ordenanza municipal, como refleja el nombre del informe de intervención, la nueva regulación municipal del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de la, de naturaleza urbana, recoge los mismos porcentajes que la actual ordenanza, salvo los relativos a la base imponible, que ha tenido que adaptarse a la nueva redacción del artículo 107.4 del texto refundido de la, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En relación a dicho tipo imponible, el mismo supone una reducción en cuanto al establecido actualmente, sal, salvo el aplicable a 19 y 20 años o superior. Los, los coeficientes de modificación y demás, los tiene usted aquí, que los puede interpretar en la ordenanza, los puede leer, que debería para no hacer la demagogia que está haciendo usted con, con su exposición. Con respeto a una pregunta que había por parte del grupo Adelante Níjar, en anteriores plenos sobre lo que valía una, una transmisión antes, o sea, eh… lo que significaba el impuesto de plusvalía anteriormente y ahora. Pues mire, vamos hacer una simulación sobre la adquisición de un pleno, de pleno dominio de un bien inmueble cuyo valor inicial, tenemos que poner un ejemplo, es de 100.000 euros en cuatro…eh… en unos cuantos hipotéticos escenarios, ya sabéis que, que el, para el cálculo de plusvalía tenemos diferentes variables y una de ellas es el valor, otro de ellos, los años que pasan desde, desde la adquisición hasta la venta. Pues lo haremos en distintos escenarios para 1 año, 5 años, 10 años, 15 años y 20 años. Se trata de una estimación, por supuesto, ya que los importes se pueden ver afectados por los datos catastrales del inmueble. En todo caso, con la nueva regulación del impuesto, siempre existirá un menor importe, salvo para el periodo de 20 años. Por ejemplo, hemos dicho, vamos a vender un inmueble de, de 100.000 euros de valor inicial, ¿Vale? Lo compramos el 18 de marzo de 2021 y lo vendemos el 18 de marzo de 2022, pasa 1 año. El precio de venta, 115.000 euros, bueno, pues la plusvalía anterior serían 947,83, la actual sería de 926,25 euros. O sea, que hemos tenido una diferencia, una baja de 21,58 euros. Si hacemos lo mismo para 5 años, el precio de compra, 100.000 euros, el precio de venta, 125.000 euros, la plusvalía anterior sería 1108,44 euros, la nueva 1090,13 euros. La diferencia, una baja de 18,31 euros. Si hacemos lo mismo para 10 años, con el mismo precio de compra y de venta sería ahora 150.000 euros, plusvalía anterior, 920,48 euros, la actual 912 euros, o sea, hay una baja de 8,48 euros. Con 15 años, eh… si compramos por 100.000, vendemos ahora por 175.000, plusvalía anterior 1146,50 euros y la nueva 1140 euros, por lo tanto, una baja de 6,50 euros. El único caso en el que hemos dicho que aumentaría es cuando el valor de cuando, el, el, los años de transmisión son más de 20. Vale, eso por una parte. Por otra parte, perdón. Con respeto a lo que ha dicho Vox, de que este es un impuesto optativo. Este impuesto lo aplican todos los ayuntamientos, todos. Y no he visto que en ninguno en los que gobierne Vox se haya pedido que no se aplique, así que no venga a este que está en la oposición a pedir que no lo apliquemos. Pídalo, o, hágalo donde están gobernando. Que es lo que pueden hacer. Aquí, bueno, si usted quiere pedirlo, pídanlo. Pero pídanlo en los demás. Porque lo que no se puede hacer es demagogia como hace usted. Eh… como siempre, además, veo al señor Jerez dando lecciones a los técnicos de este ayuntamiento. ¿Por qué? Porque nos dice que la ordenanza está mal redactada. Mire, le voy a ayudar a entender la ordenanza. Vaya usted, váyase usted al artículo 2 donde dice hechos imponibles, supuestos de no sujeción. Y entonces le redactan 13 puntos siguientes. Dentro de ese artículo que pone que en los 13 puntos siguientes los sujetos serán suje, supuestos de no sujeción. Y usted dice… Señor Montoya, ¿Eso no es una falta de respeto? ¿Eso no es una falta de respeto? Poner su móvil a… No, no, no… Cuando usted quiera le damos el micrófono que hable. ¿Vale?
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00:31:50Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Continúa la, continúa la intervención, pero acaba de hacerle lo que es subjetivo, lo que es subjetivo. Le acaba de aclarar lo que es subjetivo, el respeto es subjetivo. Es decir, puede usted continuar con el, con el móvil. Porque da la casualidad que no está interfiriendo en la, en la, no… Es para que vea usted, el canal subjetivo que tiene para los demás, y el que utiliza usted… Entonces, veo muy bien la aclaración que le acaba de hacer. Pues, pero que puede usted seguir con su móvil, puede usted seguir con su móvil… No interrumpe la, el curso normal. Puede usted hacerlo, para que usted conozca lo que es respeto objetivo, no respeto subjetivo. Puede seguir con la intervención.
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00:32:32Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Bueno pues siguiendo, siguiendo, ayudándole un poco a entender la ordenanza, ya que usted parece que no se lo ha leído demasiado bien. Ya le digo, en el artículo 2 pone, hechos imponibles, supuestos de no sujeción. Por lo tanto, todos los puntos, 13 puntos que se encuentran de eso, dentro de ese artículo 2, serían supuestos de no sujeción. O sea, en cada uno de los puntos no tendría que poner como usted dice, no se devengará tal, no se devengará tal... Lo pone en el título del artículo, ¿Vale? Así tiene usted que leerlo. Vale, por otra parte, el valor que se aplica para la plusvalía es el valor de transmisión. O sea, que no engañe usted a la gente. Deje de mentir, además, con el cómputo de los años, lo del cómputo de, de los años usted dice que hablamos de años completos, claro que hablamos de años completos, cuando se ha pasado, han pasado 3, 3 años y medio para la transmisión se computan 3 años no 4 como usted dice… (No es verdad) Sí es verdad. (No es verdad)… Cuando, cuando usted quiera lo…
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00:33:35Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Perdona, eso sí es interrupción. ¿Entendéis lo qué es el respeto de la intervén...? Eh, primera advertencia. Perdona, primera advertencia. (Vale, vale). Vale, vale. ¿Entendéis lo que, lo que es interferir y no interferir? Eso es una interrupción. Estar con el móvil jugando, no es una interrupción, por tanto puede usted seguir jugando. Y usted, y usted, por favor, cuando intervenga la compañera, se calla, y cuando le toque su turno, habla, y si quiere usted hacer otras cosas, puede usted hacerlas, como el otro jugando con el móvil. Puedes, puedes seguir interviniendo…
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00:34:13Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Pues lo que usted debe de hacer, es no seguir mintiendo con toda… Con todo lo que ha dicho usted, está haciendo demagogia con su, con su exposición y en realidad es lo que… Este es uno de los puntos de lo que le faltaba a usted, de su mantra, en su mantra tiene unos cuantos puntos y este es uno de ellos, la plusvalía. La plusvalía parece que es uno de los caballos de batalla que ustedes tienen. Vamos a ver, en todos los ayuntamientos hay impuestos que se aplican, y ya le digo que cuando usted no quiera aplicarlos, en los ayuntamientos donde usted gobierne, pídalo y quítalo y quítelo, que es lo que tienen que hacer. Pero aquí no haga demagogia y no engañe más a la gente con lo que usted está haciendo. Muchas gracias.
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00:34:58Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Más intervenciones ¿Partido Popular? (No, nada) ¿Adelante Níjar?
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00:35:09Tamara Ferrer López (ADELANTE)
Eee...Nada, simplemente comentar una cosilla. Me parece muy bien que hayan incluido el tema de la dación en pago en esta nueva ordenanza porque era de, de justa ley vamos, y me gustaría que me aclararse porque me ha ido explicando la portavoz del PSOE de todos los años. Pero el de 20 años, como se produce un incremento no me la ha terminado de explicar el tema aquí, entonces bueno, estaría bien que que me dijera, aunque fuese más alta la cuota que se va a pagar ahora que antes, pues también informarlo, que no pasa nada ¿no? Porque normalmente ahora, de hecho, la mayoría de casas que están vendiendo en el municipio tienen más de 20 años, no hay muchas de nueva construcción, vamos a ser realistas, para el caso de compraventas ¿Vale? Entonces bueno, pues nada, simplemente eso.
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00:36:01Esperanza Pérez Felices (PSOE)
¿Vox?
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00:36:06José Jerez Fernández (VOX)
Bueno, esto viene de un Real Decreto, ¿Eh? Es una cosa típica socialista. Llevan ustedes más Reales Decretos que vamos en la historia de la democracia. Y entonces pues claro, a raíz de de un de una sentencia del Tribunal Constitucional que estima que el impuesto de plusvalía es un impuesto ilegal, pues a raíz de eso se ha estableciera ahora este, esta cantinela para, para engañar otra vez a los ciudadanos. Usted dice que nosotros no hemos, que somos el único, el único ayuntamiento que pedimos, que estamos en contra de la plusvalía, no señora, no. Mira el artículo 35 de la agenda de España, nuestro programa nacional, dice lo siguiente: Supresión del impuesto de sobre el patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y plusvalías municipales en todo el territorio nacional. O sea, que, en fin, que le voy a contar, va a y además le voy a decir una cosa, esta super comprobado que a menores impuestos, más inversión, más trabajo, más progreso y más bienestar. Pero parece ser que esto no es la receta, la receta que ustedes aplican. Ustedes todo lo contrario. Bueno, y eeeh les voy a decir una cosa, la bonanza económica que este Ayuntamiento está teniendo ¿Eh? En el se… En el supuesto, bueno, en el sentido de que tienen un remanente de varios millones de euros, ¿Eh? no está repercutiendo en el beneficio de los ciudadanos, en nada, absolutamente en nada. Están ustedes inventándose a ver en qué se ponen… Pueden gastar el dinero, en qué lo pueden tirar, para volver a saquearnos otra vez con esta, con este impuesto, por ejemplo. Pero bueno, que cuando te hayan cobrado ustedes el impuesto, ya sacarán ustedes otro ¿Eh? No hay problema, no hay problema. Y en cuanto al estado ¿Eh? Vosotros, sea saca saqueador…ummm, umm, umm, vamos profesional ¿Eh? En el 2021, la Agencia Tributaria ha recaudado 223.382.000.000, un 15,1% más que en el 2020, cuando resulta que han tenido que darles subvenciones a las empresas porque no tienen para poder pagar ¿Eh? Pero han estado ustedes apretando el pescuezo a todo Dios, a todas las empresas, a todos los autónomos para sacar estos dineros. Y a esto se le llama saquear a la gente, robarles. Esto es robar. Pero bueno, Es una tónica general que el socialismo y el comunismo lo que busca es la miseria de los ciudadanos para así establecer un nuevo orden social que es el que a usted les “mola” el que todos seremos iguales empezando por la punta de abajo, bueno, siempre y cuando hay unas excepciones, empezó a las cargas… Las castas políticas que son ustedes. Pero bueno, mire usted de nosotros, el Grupo Municipal Vox, estaríamos dispuestos incluso a votarles abstención ¿No? Pero le pedimos, vamos a votar en contra, por supuesto ¿No? Y le pedimos, le rogamos que no pongan en marcha esta ordenanza porque primero que es, es optativa, no es obligatoria. No sé en la ordenanza que diga la ley que tienes que aplicar la sí o sí. No, tengan ustedes un poquito de consideración, un poquito de piedad con los ciudadanos. Dejen esto para otro momento, para otro año. No tienen hartura, con 14.000.000 en la cuenta corriente de remanente y siguen ustedes apretándole el pescuezo a los ciudadanos. No tienen ustedes vergüenza. En fin, es que estamos en una situación de estanflación. La gente es que esto ya ni lo entienden, porque es lo… Se suma inflación y, y un IPC galopante en el cual hay unos precios que suben y una economía que no avanza. Todo lo contrario, disminuye, vamos a la ruina, pero no pasa nada, para eso están los impuestos. Seguiremos saqueando a la gente. La última vez que pasó este, esta situación de estanflación en 1977, hubo una inflación del 26% y los tipos de interés subieron al 22%. Entonces, si no tomamos ejemplo de la historia, si no aprendemos de la historia, no vamos a encauzar bien el futuro. Pero bueno, luego ustedes no escuchan a la gente. El día 19, el sábado 19 en todas las capitales de provincia, el partido Vox organizó unas, unas manifestaciones, unas concentraciones para protestar por la subida de la electricidad, por la subida del gas, por la subida de los combustibles, por la subida de los, de los de los servicios básicos. Bueno, el PSOE y los comunistas les entra por una oreja y le sale por otra. Porque es que resulta que ahora esto no es subida, esto es…Esto es Putin, Putin tiene la culpa. Bueno, por lo menos se ha acabado con el COVID ¿No? hasta Semana Santa que lo pongamos otra vez. Bueno, pues entonces resulta que el sábado ya hubo una manifestación. El domingo en Madrid hubo otra, con más de 1.000.000 de personas, pero no pasa nada, no pasa nada. Se protestó. Fueron representantes de agriculto…. Agricultores, ganaderos y, y del mundo de la caza ¿Eh? Todos cabreaos, porque ustedes no hacen nada más que enfadar a la gente. Pero más allá de los impuestos, no tiene no tiene nombre, es que como están ustedes comprando a diestro y siniestro a todo el que pueda abrir la boca, a UGT y Comisiones Obreras, pues ya no les caben los dineros en los que el dinero en los cajones ¿Eh? y los precios de la electricidad, gas, combustibles y tal, pues han subido, pues un de de 10 euros el kilovatio a 0, perdón, De 0,10 céntimos el kilovatio a 0,40 en menos de un año, y los combustibles pues ni te cuento, ustedes lo saben, que echa gasolina, de 97 céntimos el gasoil, pues está ya prácticamente en los 2 euros ¿No? En fin, pero bueno lo más repugnante encima es que van a subir y han subido los peajes en los peajes, las autopistas dependientes del Estado, han subido los, sus precios es que claro, los costes, ya le y ahora… ya ves que coste tiene una autopista que está hecha de hace 50 años. Pues ustedes van y lo suben con 2 cojones. Sí señor. Pero bueno, tenían previstas más subidas, lo que pasa que ahora, oye mira, que parece que está la gente está enfadada, vamos a dejarlo para otro día ¿Eh? La subida de los combustibles iba a subir más y las y los impuestos a las eléctricas va, se piensan que subiendo los impuestos a las eléctricas las eléctricas no lo van a repercutir en el recibo, pues claro que sí, igual que han hecho los bancos. ¿O es que no lo ve, que te cobran por entrar por la puerta? Pero bueno, pero aparte de eso, 17.000 policías con orden de coaccionar y reprimir a los trabajadores por ejercer su derecho a la huelga es que si los trabajadores solamente tienen derecho a la huelga, cuando ustedes están en la oposición, eso sí tío, cuando están en el Gobierno ya ese derecho es cuestionable porque claro que es que es que nos va a faltar la comida, como es que cuando están ustedes en la oposición ¿No falta la comida? A, pues parece ser que no. No, oye Mira, como dice Josep Borrell se bajen ustedes el, el, la calefacción que para eso están las mantas ¿Eh? Bueno, que sepan ustedes que este, este impuesto es totalmente inconstitucional y al tiempo, al tiempo, es una doble tributación que se paga por lo mismo 2 veces, en el IRPF, el impuesto sobre la renta, en la renta y la plusvalía. Alguna imagínense ustedes qué le da la Diputación por decir vamos a hacer también vamos a poner nosotros otro impuesto a las ventas. Oye, la Junta Andalucía dice, oye, pues nosotros también, ya que estamos, vamos a pedir también. Pues eso sería, sí, señor, sí, sí, sí, aprenda, aprenda usted un poquito, sí. Entonces resulta que el impuesto de, de donaciones y sucesiones venden y vuelven a vender, porque resulta que el que el que, el, la mayoría de la gente, ya bueno, mucha gente, ahora no me recuerdo cuantos, cuánta gente está, está renunciando a sus herencias porque no pueden pagar los impuestos. Ojalá no se encuentren ustedes nunca en esa situación ¿eh? No, perdón, ojalá se encuentren ustedes en esa situación para que entonces vean ustedes lo que sufre la gente que lo ha pasado ya. Porque es que si no tenemos imaginación y empatía para ponernos en el pellejo de los demás, no vamos nunca cambiará esta puñetera sociedad que lo único que hace es apretarle el cuello siempre a los mismos, a los que trabajan. Pero bueno, es que parece que tener algo ya es malo. Eso sí, si no lo tienen ustedes, si lo tienen ustedes, entonces no es malo, entonces bueno, entonces es bueno. Ya como hemos dicho, tenemos serias dudas de que sea constitucional y Vox ya está planteando un un... ante el Tribunal Constitucional una denuncia, una demanda sobre esto. Luego todo lo que se ha cobrado después de la sentencia del Tribunal Constitucional el, el 188/2021 ¡eso no se ha devuelto! Eso se lo han cobrado, se le han quedado y lo, y lo han gastado, porque si era inconstitucional entonces ¿dónde están los dineros que han cobrado? Eso no se sabe, eso no se sabe dónde está. Bueno, nosotros, como le digo, exigimos una reducción drástica del gasto político y del gasto ideológico del Ayuntamiento, una mejora de la gestión eficiente, eficiente de los recursos públicos y mayores aportaciones a los municipios por parte de las comunidades autónomas y del Estado, que son los que reciben los impuestos del IRPF, precisamente. Y además, le proponemos lo siguiente, si ustedes valoraran nuestra abstención, no podemos votar a favor porque estamos en contra del impuesto, en su totalidad, pero podríamos valorar la abstención siempre y cuando ustedes rebajaran, se, se introduzca en el, la reducción del 15% sobre el valor de la base imponible calculada según la ley y que el tiempo de gravamen a aplicarse al 0,1 sobre la base imponible y no como está puesta aquí en los anexos, que llega hasta el 0,17. Que se incluya una bonificación del 95% o exención total en cuanto a las, a las transmisiones realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de descendientes adoptados, cónyuges y ascendientes y adoptantes. Y luego también la creación, esto es otra cosa gorda, la creación de un fondo de contingencia. Y les voy a decir por qué. Porque resulta que si Vox tiene razón, y últimamente está teniendo bastante razón en las en las denuncias que pone ante el Tribunal Constitucional que le dan la razón, léase o recuérdese, los estados de alarma uno y dos, ¿eh? Imagínense ustedes que este, este pleito que se va a llevar a cabo le da la razón a Vox y ustedes esta, este dinero que se ha cobrado, ustedes digo porque son ustedes los que mandan vamos, el Consistorio, que a nosotros también nos incluimos, hemos cobrado este dinero a los contribuyentes y resulta que es inconstitucional y hay que devolvérselo. Por lo menos, por lo menos les proponemos la creación de un fondo de contingencia para aquellos casos que la gente denuncie o esté en desacuerdo con, con el baremo o la, la, la, la cuantía que se le ha establecido a pagar porque a lo mejor esa autoliquidación luego hay que devolvérsela. ¿Qué sucede? Que esto no va a ser el año siguiente, esto va a ser lo mejor dentro de 5 años y dentro de 5 años a lo mejor no están ustedes y el que esté lo va a tener que soplar. ¿Me entienden? O sea, la idea es un fondo de contingencia de que toda aquella persona que haya recurrido ese pago a la plusvalía, se guarde ese importe en un fondo. Que se le da razón. Tome usted su dinero. Yo no se le da. Pues bueno, pues vale, ya está. Vale. Entonces le pediríamos eso y si no por nosotros votaremos en contra, como es de suponer. Muchas gracias.
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00:48:30Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Bien. ¿Alguna intervención más?
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00:48:32Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Sí, con respecto a lo que decía Adelante Níjar, es verdad que le he dicho que no, que no terminado de decirle los números están aquí, con respecto a los veinte años, si compramos por 100.000 euros y vendemos por 200.000 euros, la antigua plusvalía era de 1171,24 euros y la actual de 1.254 euros, una subida de 82,76 euros. Eso era lo que faltaba.Con respecto a lo que dice Vox. Mire, lo que está claro es que usted cuando yo hablo es verdad que no me escucha, estará en otra cosa, pero es que ya le he explicado antes, mire, se lo he dicho así , se lo voy a leer de nuevo. En la actualidad, se están resolviendo los múltiples recursos que han sido presentados, existiendo en el área municipal de recaudación una persona destinada exclusivamente a esta labor, habiéndose suspendido de oficio el periodo de recaudación en ejecutiva de las liquidaciones que se encuentran recurridas hasta la resolución de los recursos interpuestos. Es decir, que no se han cobrado las plusvalías esas que se han recurrido, por lo tanto, se lo estoy explicando yo.
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00:49:48Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Vamos a ver, vamos a ver José, las ordenanzas son artículos. No mira para atrás, mira adelante, José, bueno ahora, ahora. Es su turno.
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00:49:59Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Bueno, es mi turno voy a terminarlo. Mire, ya le he dicho es que se lo estoy aclarando yo, que, si se hubiese molestado, por lo menos en preguntar antes de venir diciendo todas esas mentiras que está diciendo hoy, pues a lo mejor se habría enterado. Los impuestos de plusvalía que se han recurrido desde que se aprobó este Decreto Ley, hasta ahora, no se han cobrado en espera de tener esta resolución, de tener esta ordenanza y una vez esté, entonces ya se cobrará. Por lo tanto, no hemos cobrado, como usted dice de más, ni tenemos que devolver nada porque no se había hecho. El impuesto de plusvalías desde luego no es un impuesto ilegal. Si no, no se estaría cobrando. No diga usted más mentiras como sigue, como sigue haciendo. Mire con respeto a lo que dice de su agenda España, si usted la analizara, que yo creo que no lo ha analizado, lo único que pasaría si la llevaran a cabo, es que llevarían a este país a la bancarrota. Porque lo único que dicen es falacias detrás de otra falacia y detrás de otra falacia. Y entonces claro, es que sería imposible gobernar este país. Claro, eso le pasa a un partido que lo único que hace el populismo, que nunca ha gobernado y que no sabe cómo se gestiona la Administración. Eso es lo que le pasa. Claro. Habla además con un lenguaje bastante violento, que es lo que hace siempre, que nosotros estamos saqueando y robando y con eso, lo único que hace es polarizar a esta sociedad que es la intención que tienen desde el principio, desde el nacimiento de Vox. Eso es lo que hacen desde entonces. Usted no puede decir, no debe decir vamos, usted puede decir lo que quiera, pero no debe, como como representante público, decir que nosotros estamos saqueando ni robando, porque eso es mentira, otra más. Con respecto a eso, ¿puede decirme usted que impuestos se han subido durante estas dos legislaturas desde que lleva este equipo de gobierno? ¿Me Lo puede decir? Ahora sí le estoy preguntando directamente. Me puede decir ¿qué impuestos se han subido? ahh ahora no tiene la palabra, no. O sea, ahora no le interesa, vale. O sea que en este Ayuntamiento.
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00:52:18Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Sigamos con el Pleno, no haya interferencias en las intervenciones.
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00:52:22Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Es que le he preguntado, pero parece como
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00:52:24Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Sigue usted con su intervención. No tienes que preguntar.
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00:52:30Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Si le puedo preguntar, otra cosa es que no me responda. No. Sabe usted.
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00:52:36Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Señora Yolanda, continúe.
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00:52:41Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Venga, que sabe te que no se ha subido ningún impuesto. Por eso no me sabe responder. No se ha subido ningún impuesto. Por eso no quiere que le pregunte. O sea, que más mentiras. Una detrás de otra, las suyas. Con respecto a lo que dice el día diecinueve, que Vox organizó manifestaciones en todas las capitales de provincia. Es verdad. Y aquí también había, había convocado una, ¿por qué la desconvocaron? Claro. (Cosas del partido)
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00:53:10Esperanza Pérez Felices (PSOE)
No intervenga, no interrumpa. No, ahora sí responde. No, no interrumpa.
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00:53:21Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Es decir, Ustedes la convocan, como no tiene gente la desconvocan. Venga, también le quería preguntar. A ver, con respecto a , con respeto a tanta manifestación que estás siempre diciendo que no lo invitamos a la concentración que hay en este ayuntamiento. Es que lo acaba de decir al hablado de la guerra, de Putin y demás, ¿por qué usted por qué no vino nadie de su partido a la concentración que se hizo en la puerta del Ayuntamiento el día nueve de marzo en contra de la guerra de Ucrania? A esa no pudieron ¿no? pero claro, cuando viene cuando vienen.
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00:53:54Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Señor José no interrumpa, no interrumpa por favor, no interrumpa Don José (Dile que no pregunte, los únicos que preguntamos somos nosotros)
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00:54:11Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Yo creo que usted es verdad que está hecho un lío, no sabe lo que van a decir. Sí, claro. Como le haga muchas preguntas seguidas le satura un poco, le satura un poco.
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00:54:22Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Don José, no decía que no iba a responder. No interrumpa, no interrumpa, no, pero no con no interrumpa. No interrumpa.
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00:54:33Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Bueno, cuando dicen que este impuesto es un doble impuesto. Vamos a ver, dicen que es un doble impuesto, que si ahora la Diputación sacara que si la Junta sacara ¿Y el impuesto de transmisiones de la Junta de Andalucía? Ese, ese impuesto es de la Junta de Andalucía y ustedes están gobernando en la Junta de Andalucía y nunca han dicho que lo van a anular ¿No?, todavía no lo he visto, todavía no lo he visto.
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00:54:54Esperanza Pérez Felices (PSOE)
No interrumpa. Primera advertencia, no interrumpa, por favor a la compañera.
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00:55:03Yolanda Lozano Salinas (PSOE)
Bueno, entonces ese ¿van a plantear quitarlo de la Junta de Andalucía o no lo van a plantear? Vamos a ver, cuando yo le haga las preguntas, si usted quiere, después cuando salgamos, me responde o lo que quiera. Pero, lo que, lo que quiero decir con esta pregunta que son preguntas al aire, si Usted no me tiene por qué responder, porque yo ya se la respuesta que Usted tiene, y es que te usted hecho un lío que no sabe por dónde va a salir y que lo único que hace populismo y mentir a la gente. Y como no tiene respuesta a lo que le estoy diciendo, pues claro, ustedes salen con su con su lenguaje violento, como siempre, sacan a su, a su compañero al señor Montoya que hable, y ya pues, liamos aquí la discusión de bar, que es lo que ustedes buscan. Mire, estamos en un Ayuntamiento serio. Estamos en un órgano muy serio y eso es lo que tenían ustedes que hacer, tomárselo en serio y no mentir a la gente. Muchas gracias.
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00:55:53Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Bien. Pues aclarar algunas cuestiones. La primera es que cuando no hay, cuando no hay un incremento en el valor de, entre la venta y la compra, no se aplica la plusvalía. Ese concepto, que lo tengan todos los ciudadanos claro. No se lo estoy aclarando a Vox, se lo estoy aclarando a la ciudadanía. Es decir, cuando no hay incremento entre el valor de venta y el valor de, de compra, no se aplica el impuesto de plusvalía. Eso que lo tengan todos los ciudadanos claro, y es el objetivo que persigue esta, esta ordenanza. Eeeh, los recursos que se han presentado entre la sentencia hasta ahora, hasta ahora que se aprueba, que pasarán veinte días si no hay alegaciones, están suspendidos, los que se han presentado recurso, pero esto se lo aclaro a la ciudadanía. Todos los recursos que se han presentado a partir de la sentencia están suspendidos. Una vez entre en vigor la ordenanza, que es a los veinte días desde su publicación, en ese momento, se hará una nueva liquidación que tendrá siempre menor valor. ¿Por qué? Porque en la ordenanza los tipos de aplicación son inferiores a el actual, un 3% aproximadamente es lo que viene ahorrarse. Por tanto, el Ayuntamiento va a dejar de ingresar un 3% aproximadamente, con lo cual habrá situaciones variopintas. Cuando se establece entre las ventas que se producen en los dos, en un año o dos años de diferencia, todos sabemos que la mayoría de las ocasiones, el valor es el mismo entre la venta y la compra; eso lo sabemos todos por la práctica, así que hay situaciones en las que es mejor no pararse, porque sabemos todos perfectamente que cuando se produce en el mismo año la venta o en el año anterior o el año, o en dos años, normalmente el valor entre la venta y la compra suele ser el mismo, por lo menos en la mayoría de los casos. Por otro lado, también aclarar a la ciudadanía para que nadie entre en equivoco. Cuando se le vende la propiedad a una persona extranjera, lo único que hay que hacer es ponerlo en la escritura, a efectos de notificaciones, un domicilio de esa persona que vive en el extranjero; para eso, con eso sencillamente no se impone el, el, el impuesto al que vende, al que, perdón, al que compra, al que, perdón, al que vende; no, al revés, al que compra. En cuanto a las transmisiones, cuando se vende una parcela o cuando se vende una vivienda, tiene: impuesto para transmisiones patrimoniales de la Junta Andalucía. Que, por cierto, Vox, que sepa que ha estado gobernando dos años y no lo ha quitado, ni tampoco ha planteado de que se quite. Además, se tributa también en la diferencia entre la venta y la compra el 30% en el IRPF, eso que la gente también lo tenga claro; y, luego tiene la plusvalía. Todo tipo de transmisiones. Por otro lado, ¿quién establece el valor de la transmisión? Siempre la Junta de Andalucía. Es decir, los propietarios lo, lo ponen en su escritura y si es por debajo de su valor, hay una reclamación que hay, que envía la Junta Andalucía como que la venta no se adecúa al valor que tiene el mercado. Eso lo sabe todo el mundo. Pero lo aclaro aquí para que no entren en este mantra de mentiras, nos liemos. Sobre ese valor, que ya ha supervisado la Junta Andalucía y que lo ha dado como válido o ha pedido su ratificación, es sobre el que se aplica el impuesto de plusvalía. Por tanto, no sé lo qué me está diciendo a mí, ¿qué, qué valor cogemos? No, mire usted. Aquí el valor que se coge es el que se tiene por válido después de su supervisión en la transmisión de, de, de las trasmisiones patrimoniales que establece la Junta de Andalucía, igual para el Estado; a partir del valor que se establece por parte de la Junta de Andalucía como valor de válido de la venta, es ese valor, es el mismo que se aplica tanto para el tipo de la de la plusvalía como para el IRPF. Por otro lado, hablamos de, de ¿qué se hacía antes? Antes se hacía la aplicación de un tipo que iba por cuatro años, por tramos de cuatro años. ¿Ahora, qué se hace? Por año, simplemente. Por otro lado, la se ¿el impuesto de plusvalía es ilegal? No, el tipo de aplicación. Lo que pasa, qué claro, cuando se habla con esta, en fin, ligereza, pues lo que es ilegal era el tipo y tiene que adecuarse al tipo que es legal, que es el que viene establecido en el artículo 107; punto y final no tiene más historia. Por otro lado, en cuanto, en cuanto a dar lecciones jurídicas a los, a las personas que han elaborado esta ordenanza, que son personas que han aprobado oposiciones y demás. Pues mire usted, tiene usted que saber que en el lenguaje tributario hay un lenguaje jurídico y cada uno tiene un significado. Está, no sujeto, está exento y está sujeto. Si usted confunde esos términos, pues no es …; simplemente no haga críticas, porque lo que tiene usted es una ignorancia de los conceptos jurídicos-tributarios que es una cosa tremenda. Y luego, por otro lado, nos ha leído su ideario político, el que tiene Vox a nivel nacional, en el que recoge una serie de cuestiones en la que va, plusvalía, no va. Pues yo le digo una cosa, ustedes han estado gobernando, ya no, pero han estado gobernando, Vox, en El Ejido. Yo no he visto ninguna petición de modificación de la ordenanza de plusvalía que tiene El Ejido. En Roquetas, que ya no, ya no, porque ustedes, cuando llegan a gobernar, un año es demasiado para ustedes, porque la lían siempre, por eso de gobernar para ustedes un año es demasiado, porque, en fin, hay normas que cumplir y ustedes algunas se la saltan, por no decir todas, pero tampoco lo han solicitado. Pero es que hay otros ayuntamientos, que me, me puedo ir a Murcia, donde hay unos cuantos, unos cuantos, y no lo han pedido, ni mencionarlo. ¿Qué es? ¿qué estamos otra vez, decimos una cosa y hacemos la contraria? Eso para que la gente lo sepa. Es decir, que no es su ideario y que su ideario es el capítulo, pero luego lo que ustedes hacen es nada. Porque cuando ustedes se dedican a decir, estar en la oposición, ahora mismo están a nivel nacional y están aquí sentados en la oposición, pues ahí sí lo piden, pero cuando están gobernando no hacen nada. En la Junta de Andalucía han estado ustedes gobernando, porque si no, no saldrían ninguna, ninguna de las aplicaciones directas a la ciudadanía. Y, sin embargo, no han dicho nada del impuesto de transmisiones. ¿Por qué no lo han pedido? Si era su ideario, ¿por qué no lo han pedido? ¿qué pasa que allí están de palmeros? Luego no quiere que le diga palmeros, luego no quiere que le diga palmero. Por otro lado, pues mire usted con esta ordenanza que se aprueba por parte del Ayuntamiento se reducen los ingresos del Ayuntamiento en un 3%, lo cual se benefician a los ciudadanos. Y lo de que, si es voluntario, no voluntario, no conozco ningún ayuntamiento en España que no aplique la plusvalía. Lo que sí he conocido es que el desequilibrio económico de los ayuntamientos ha sido importante a raíz de esta sentencia y gracias a que el decreto del Gobierno ha salido cuanto antes, los ayuntamientos hemos tenido un equilibrio económico y no dicho por este Ayuntamiento, sino por todos los ayuntamientos que componen la Federación Española de Municipios que son de todos los colores, de todos los colores. Y, por otro lado, dice usted que tenemos un remanente de 14 millones de euros. Perdón, que son de 18, no de 14, es de 18. Y que tendríamos que bajar los impuestos porque a dónde, a dónde ha ido ese dine. No me interrun, señor Jerez, no me interrumpa ¿A dónde han ido estos impuestos? Al carril bici, a la ampliación del cementerio, al cuartel de la Guardia Civil, al parque de bombero, al carril bici de, del Pozo a San José, al frente marítimo de Las Negras, a Las Berlingas de San Isidro, al campo de fútbol Santa Olalla y a las rotondas de la avenida de, de Constitución de San Isidro, así como el paquete de caminos rurales. Fije usted, fíjese usted que desde que llevamos gobernando sin subir un solo impuesto, bajando el IBI, en lo que hemos podido; sé que es poco, pero lo que hemos podido, aplicando las bonificaciones de rebaja a aquellos que tuvieron daños por la Dana y por la Gloria, y con una reducción de la plusvalía, ahora de un 3%, todas esas cosas han salido. Con gobiernos de otros colores, aquí en Níjar, ¿quién lo conoce? Por ejemplo, el Partido Popular con más impuestos, 23 millones de deuda. Nosotros con menos impuestos, con menos impuestos, más 18 millones de euros e inversiones reales en la calle. Esa es la diferencia, pero yo lo, yo lo único que le hablo es con datos encima de la mesa. Por otro lado, tengo que decirle también que cuando uno recurre tanto a los peajes y a los peajes y a los peajes ¿por qué no habla de cosas que tengamos en Níjar?, ¿tiene usted algún peaje en Níjar? ¿tiene usted algún peaje en Níjar? Que lleva hablando cuatro, lleva usted ocho años hablando de peajes, ¿tiene usted algún peaje en Níjar? Luche por las cosas de Níjar. Ya está bien. Y luego, por otro lado, en cuanto a la inflación, ahora la inflación no es de Rusia por la guerra. Yo digo una cosa, eso lo podrá decir en un municipio que no sea agrícola, pero en un municipio que es agrícola sabe todo el mundo. No. Señor José, segunda advertencia, no me vuelva a interrumpir. En un municipio, como un municipio como el de Níjar, donde vivimos todos de la agricultura, pues nos damos cuenta que cuando hay una helada en Holanda suben los tomates; y ¿qué tienen que ver los tomates de Holanda, con los, con los nijareños? Pues es así, se, se llama oferta y demanda. Cuando reduces la oferta, sube el precio. O, por ejemplo, cuando se cierra la puerta a Marruecos y no entran cupos de Marruecos. Sube el precio del tomate. ¿Qué tiene que ver los tomates de Níjar con Marruecos? Pues eso mismo tiene que ver el petróleo de Ucrania con España. Porque si tú tienes un país que exporta un 40%, un 20% del petróleo mundial y se deja de exportar, hay menos oferta pues sube el precio del petróleo, es algo que cualquier agricultor lo entiende a la perfección. Evidente que hay gente que se enti, entiende que el mantra tiene que ir… En el gas, pues exactamente igual. Si tú tienes el 40% de la oferta mundial de gas, evidentemente, si el 40% lo reduce de esa oferta, pues sube el precio del gas. Es algo muy sencillo y natural. Pero claro, lo queremos negar. ¿Por qué? Porque si hay guerra en Rusia, pues yo no sé si alguno se le habrá ocurrido, pero es culpa de Pedro Sánchez, aquí este el mismo mantra que hemos tenido siempre. Pero las cosas con realidad. Pedro Sánchez tendrá sus culpas, pero la guerra tiene su culpa también. ¿Por qué? Porque ha entrado en un país que ha reducido una gran parte de la oferta que tenemos en petróleo, en gas, en hierro, en acero, en, en, en trigo, es decir, una seria de materias primas que se reducen en oferta a nivel mundial y mira por donde la riqueza de Ucra, de Ucrania es tan, tan grande, tan grande, en materia prima; que claro, con razón, ahora entendemos por qué ha ido allí Putin a meter la, la, las armas; ya lo entendemos. Porque claro, ha tocado en un país que tiene tanta riqueza en materia prima que ha puesto a todo el mundo a tambalear. ¿Por qué? Porque se ha reducido la oferta de materias primas que son primordiales para el crecimiento económico y el impulso y el progreso de todo, que se llama energía. Mira, mire usted por dónde, mi usted por dónde y de productos básicos como pueda ser el trigo. Pero claro, esto explicado algo que no entiende ni más allá de, de lo que conoce en su casa, pues es difícil de entender, es difícil de entender, y, sobre todo, cuando tiene uno el empeño en meter a la gente en un engaño permanente. Así que cuando… las cosas con claridad, con claridad, absolutamente con claridad. Si se reduce oferta de una materia sube el precio, eso es así. Es algo básico en economía. Eso en Níjar todo el mundo lo entiende. Porque el que cultiva tomates, cuando se cierra la puerta de Marruecos, sube el precio; cuando hay una helada en Europa, sube el precio, pero es que, al día siguiente, al día siguiente. Entonces, venga usted a explicarle ahora a los nijareños porque suben los precios y bajan los precios. Pues mire usted, es una cuestión de oferta y demanda. Si tú reduces oferta, sube el precio. Entonces no engañemos a la gente. Diga usted, diga usted, ¿cómo lo haría usted? Aparte de echar culpas y criticar para que no se suba el precio. Porque probablemente, probablemente, no tenga mucha explicación, porque si no lo han consi, si no, si no lo tiene ningún ninguno de los países del entorno, ni de, ni de fuera del entorno, nadie ha conseguido bajar el precio; o le ha dicho a los franceses, ¿cómo está el precio del petróleo allí? o ¿en Alemania? o ¿del gas? Pues mire usted, no nos hagan ustedes culpables de una situación mundial. Y no es culpa de, culpa de Putin, es culpa de que se ha reducido la oferta de materias primas muy importantes y que suponen un pilar clave en la energía. Pero claro, esto para una persona como José Jerez que no sabe lo que un impuesto no sujeto, un impuesto exento y un impuesto sujeto. Pues mire usted, ¿qué le voy a aclarar yo a la ignorancia? Simplemente, como decía, se lo aclaro a los ciudadanos. Así que, sin nada más, pues sometemos el punto a votación. ¿Votos a favor de, de la modificación de la propuesta, de la ordenanza? ¿Abstenciones? ¿En contra?
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01:11:05Pablo Reina (Secretario)
El resultado de la votación es el que sigue: votos a favor 11, correspondientes a los concejales del Grupo del Partido Socialista; abstenciones 6, correspondientes a los concejales del Grupo del Partido Popular y Adelante Níjar; y votos en contra 3, correspondientes a los concejales del grupo Vox. La propuesta quedaría aprobada.
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01:11:25Esperanza Pérez Felices (PSOE)
Bien, pues como no hay ningún tema más se levanta la sesión al ser un pleno extraordinario .